A-822 de 2026
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado 3 Administrativo de Neiva y la Sala Tercera de Decisión Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que, por un lado, el primer despacho se apartó del conocimiento de la solicitud de amparo con base en la regla de reparto contenida en el numeral 10 del artículo 1° del Decreto 333 de 2021 y, por el otro, ambos señalaron sus posturas frente a la aplicación o no del factor funcional, para lo cual expusieron sus consideraciones respecto de sí la comisaría de familia accionada desarrolló sus funciones jurisdiccionales o sí, por el contrario, realizó actuaciones administrativas.
Se resolvió el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado 3 Administrativo de Neiva para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a los despachos involucrados para que, en lo sucesivo, se abstengan de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, por cuanto tal actuación contraría la reiterada jurisprudencia constitucional, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 15 de mayo de 2026 , dictado por el Juzgado 003 Administrativo de Neiva dentro del tr�mite de la acci�n de tutela de la referencia .
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5428 al Juzgado 003 Administrativo de Neiva , para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 003 Administrativo de Neiva, a la Sala Tercera de Decisi�n Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad y al Juzgado �nico Promiscuo Municipal de Hobo, Huila, para que, en lo sucesivo, se abstengan de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, por cuanto tal actuaci�n contrar�a la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional. Lo anterior, con el prop�sito de eliminar las barreras en el acceso a la administraci�n de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretar�a General de la Corporaci�n, COMUNICAR la presente decisi�n a las partes, al Juzgado 003 Administrativo de Neiva, a la Sala Tercera de Decisi�n Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad y al Juzgado �nico Promiscuo Municipal de Hobo, Huila. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Causal c de la Circular Interna 10 de 2022 de la Corte Constitucional. [2] Expediente digital ICC-5428. Carpeta: �2. Expediente�. Documento digital: �003_003DemandaTutela.pdf�. En adelante, siempre que se mencione un documento digital, se entender� que hace parte del expediente digital ICC-5428, a menos que se diga expresamente lo contrario. [3] Carpeta: �2. Expediente�. Documento digital: �003_003DemandaTutela.pdf�. [4] Ibidem . [5] Ibidem . [6] Carpeta: �2. Expediente�. Documento digital: �002_002RemisionExpedienteTutela.pdf�. [7] Concretamente, sin citar el aparte de la norma en espec�fico, hizo referencia al numeral 2, que dispone: �(�) Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad p�blica del orden nacional ser�n repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categor�a (�)�. [8] Carpeta: �2. Expediente�. Documento digital: �005_005OrdenaRemisionTribunal.pdf�. [9] Ibidem . [10] �(�) 10. Las acciones de tutela dirigidas contra autoridades administrativas en ejercicio de funciones jurisdiccionales, conforme al art�culo 116 de la Constituci�n Pol�tica, ser�n repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial. (�)�. [11] Carpeta: �2. Expediente�. Documento digital: �005_005OrdenaRemisionTribunal.pdf�. [12] Carpeta: �2. Expediente�. Documento digital: �007_007AutoAcepConfComp.pdf�. [13] Respecto de un conflicto entre jurisdicciones. [14] No hizo referencia a un numeral o regla de reparto en espec�fico. Se infiere que es el numeral 2 del art�culo 1˚ del Decreto 333 de 2021. [15] Carpeta: �1. Correo envio ICC 5428�. Documento digital: �Correo envio ICC 5428.pdf�. [16] Corte Constitucional, Auto 550 de 2018. [17] Art�culos 86 de la Constituci�n y 8� transitorio de su t�tulo transitorio adicionado por el Acto Legislativo 01 de 2017, y los art�culos 32 y 37 del Decreto 2591 de 1991. [18] Ver, por ejemplo, el Auto 493 de 2017, Corte Constitucional. [19] Art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991 (introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017). [20] Ver, entre otros, el Auto 655 de 2017, Corte Constitucional. [21] Ver, entre otros, los Autos 332 de 2017 y 242 de 2019 de la Corte Constitucional. [22] Corte Constitucional, Auto 124 de 2009. [23] Ver, entre otros, A uto 550 de 2018 y Auto A426 de 2024 de la Corte Constitucional. [24] Ver, entre otros, los Autos 604 de 2019, 405 de 2018, 173 de 2017 y 1997 de 2023 de la Corte Constitucional. [25] Ver, entre otros, los autos 481 de 2019, 495 de 2019 y 159 de 2020 de la Corte Constitucional. [26] Ver, entre otros, los autos 357 de 2021 y 1821 de 2024. [27] Corte Constitucional, Auto 132 de 2018. [28] �(�) 10. Las acciones de tutela dirigidas contra autoridades administrativas en ejercicio de funciones jurisdiccionales, conforme al art�culo 116 de la Constituci�n Pol�tica, ser�n repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial. (�)�.